La norma 4400 «Encargos para realizar procedimientos acordados sobre información financiera», corresponde a grupo de normas emitidas por IAASB «International Auditing and Assurance Standards Board», especificamente a las «Norma Internacional de Servicios Relacionados, NISR 4400», esta norma anteriormente se encontraba dentro de las «Normas Internacionales de Auditoría», NIA 920, siendo separa e incorporada a las NISR del manual de pronunciamientos internacionales de control de calidad, auditoria, revisión, otros encargos de aseguramietos y servicios relacionados.
FINALIDAD DE LA NORMA 4400:
La finalidad que persigue esta norma, es la de establecer normas y proporcionar orientación sobre la responsabilidad que tiene un auditor al realizar un procedimiento bajo esta norma, asi mismo establece las directrices sobre la forma y contenido del informe final. Aun cuando esta norma se encuentra orientada para usarla en encargos relacionado a Infomración financiera, igual puede proporcionar orientación útil y ser utilizada en información no financiera, siempre que el auditor tenga conocimiento adecuado de la materia que es objeto de analisis y existan los criterios razonables en la cual sustentar sus hallazgos.
OBJETIVOS:
El objetivo de un encargo de procedimientos acordados es que el auditor aplique procedimientos de naturaleza de auditoría que haya acordado con el cliente y con terceros adecuados e informe sobre los hallazgos obtenidos. Bajo esta norma el auditor no emite opinión alguna, como es el caso de una auditoria o una revisión, se limita ha informar sobre los hallazgos encontrados a través de su informe.
El auditor debe de asegurarse que el informe quede restringido a quienes han acordados los procedimientos a realizar, debido a que los procedimientos de auditoria aplicables son limitados al ser un trabajo acordado, y terceros podrían interpretar mal el informe al desconocer los procedimientos llevados a cabo.
PRINCIPIOS DE ÉTICA:
El auditor deberá cumplir con el código de ética, emitido por Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (Código de Ética del IESBA).
- integridad,
- objetividad;
- competencia y diligencia profesionales;
- confidencialidad,
- comportamiento profesional; y
- normas técnicas.
La independencia no es un requerimiento necesario bajo esta norma, pero cuando el auditor no sea independiente, deberá de incluir una declaración en el informe, sobre el hecho de no ser independiente.
TERMINOS DEL ENCARGO:
El auditor debe asegurarse de que los representantes de la entidad y, en general, otros Terceros que vayan a recibir copia del informe sobre hallazgos obtenidos tienen un claro conocimiento de los procedimientos acordados y de las condiciones del encargo.
Es sumamente importante que, dentro de los términos, se establezca claramente, la naturaleza del encargo, el hecho de que los procedimientos a aplicar no constituye una auditoria ni una revisión, y por lo cual no se expresa grado de seguridad alguno.
Resulta conveniente tanto para el cliente como para el auditor, que este último envíe una carta de encargo en la que documente los aspectos clave del nombramiento. Una carta de encargo confirma la aceptación del nombramiento por parte del auditor y ayuda a evitar malentendidos en relación con cuestiones tales como los objetivos y alcance del encargo, la extensión de la responsabilidad del auditor y el formato de informe a emitir.
PLANIFICACIÓN DOCUMENTACIÓN, PROCEDIMIENTOS Y EVIDENCIA:
El auditor deberá de planificar el trabajo a realizar, así mismo deberá de documentar todos los hallazgos encontrados para soporte del informe a emitir, y, emitir una declaración de que el encargo fue realizado bajo la NISR-4400, y bajo los términos acordados con el cliente. La evidencia es soportada al realizar los procedimientos acordado y de la suficiencia de la documentación recabada.
EL INFORME:
El informe sobre un encargo de procedimientos acordados debe describir el propósito y los procedimientos acordados con el detalle suficiente como para permitir al lector comprender la naturaleza y extensión del trabajo llevado a cabo.
Si te interesa saber mas sobre esta norma da clic en el siguiente link. https://www.ifac.org/system/files/publications/files/IFAC_AUP_Growth_Value_es_def.pdf
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